Al ser un Centro de menos de 12
unidades las funciones de la Comisión de Coordinación Pedagógica las asume el Claustro
de Profesores. Sus competencias son las siguientes:
a) Establecer
las directrices generales para la elaboración de los Proyectos curriculares
de etapa.
b) Coordinar la elaboración de los Proyectos curriculares de etapa
y su posible modificación.
c) Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa
y del Plan de acción tutorial, y elevar al Consejo Escolar una memoria
sobre su funcionamiento al final del curso.
d) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para
realizar las adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con
necesidades educativas especiales.
e) Asegurar la coherencia entre el Proyecto educativo de centro, los
Proyectos curriculares de etapa y la Programación General anual.
f) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los Proyectos
curriculares de etapa.
g) Proponer la planificación general de las sesiones de evaluación
y calificación, de acuerdo con el Director. Sus reuniones coincidirán
con las del Claustro.
El personal docente del colegio lo forman 8 maestros y maestras. Según tabla la dotación de puestos de trabajo es:
Especialidades
E. Infantil
E. Primaria
EF
MU
I
PT
AL
RELIG
TOTAL
Puestos
1
1 + 1 (Directora)
1 (tutora)
1*
1 (tutora)
1*
1*
1*
Definitivos
1
1
1
1
1
1
1
1
8
Interinos
0
0
0
0
0
0
0
0
TOTAL
1
1
1
1
1
1
1
1
8
Tutora de E. Infantil (3, 4 y 5 años): Ana Belén Carrasco Segovia
Tutora de 1º,2º y 3º Olga González Merino Marisol Esteban Caballero
Tutora de 4º ,5º y 6º de Educación Primaria y especialista de Inglés: Jose Antonio Polo Ruiz – Marisol esteban caballero.
Especialista de Música: Marisa Casillas Dávila
Especialista de Religión: Rosario.
Especialista en Audición y Lenguaje (AL): Nuria Gamito Ayala
Especialista en Pedagogía Terapeútica (PT): Tomasi Delgado Paniagua
Los puestos marcados con * son itinerantes con el Colegio de Valverde de Mérida o Mérida en el caso de la maestra de Religión (8 km en ambos casos).
Música itinera con Valverde de Mérida (8 km) día en el Centro (lunes)
Pedagogía Terapéutica itinera con Valverde de Mérida (8 km), día en el Centro (martes y jueves)
Audición y Lenguaje itinera con Valverde de Mérida (8 km), día en el Centro (miércoles y viernes)
Religión itinera con Colegio de Mérida (8 km), día en el Centro (martes).
El Claustro de Profesores.
El Claustro de Profesores es el órgano de participación de los maestros en el centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar y decidir sobre todos los aspectos docentes del mismo. El Claustro será presidido por el Director y estará integrado por todos los maestros que presten servicios docentes en el Centro.
Son competencias del Claustro:
a) Elevar al equipo directivo propuestas para la elaboración del Proyecto educativo del centro y de la Programación General anual. b) Establecer los criterios para la elaboración de los Proyectos Curriculares de etapa, aprobarlos, evaluarlos y decidir las posibles modificaciones posteriores de los mismos. c) Aprobar los aspectos docentes de la Programación General anual del centro e informar ésta antes de su presentación al Consejo Escolar. d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica. e) Elaborar el Plan de Formación del profesorado del centro. f) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar y en el Consejo del Centro de profesores. g) Conocer las candidaturas a la Dirección y los programas presentados por los candidatos. h) Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios de los alumnos. i) Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación. j) Aprobar los criterios para la elaboración de los horarios de los maestros. k) Analizar y valorar trimestralmente la marcha general y la situación económica del centro. l) Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del centro a través de los resultados de las evaluaciones. ll) Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno. m) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa o cualquier información referente a la marcha del mismo.
El Claustro se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite un tercio, al menos, de sus miembros. En todo caso, será preceptivo, además, una sesión de Claustro al principio del curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones del Claustro será obligatoria para todos los miembros.
Los órganos unipersonales de gobierno constituyen el Equipo Directivo del Centro, formado por el /la Directora.
Director
El Director será elegido por el Consejo Escolar y nombrado por el Director Provincial del Ministerio de Educación y Ciencia. Son competencias del Director:
a) Ostentar la representación del centro y representar oficialmente a la Administración educativa en el centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas. b) Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes. c) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, de acuerdo con las disposiciones vigentes, sin perjuicio de las competencias del Consejo Escolar del centro. d) Ejecutar la jefatura de todo el personal adscrito al centro. e) Gestionar los medios humanos y materiales del centro. f) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos los órganos colegiados del centro. g) Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos.
h) Visar las certificaciones y documentos oficiales del centro. i) Proponer el nombramiento de los cargos directivos y designar a los tutores. j) Ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados en el ámbito de su competencia. k) Coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar y procurar los medios precisos para la más eficaz ejecución de las respectivas competencias. l) Elaborar con el apoyo de los tutores del Proyecto educativo del centro y de la Programación General anual, de acuerdo con las directrices y criterios establecidos por el Consejo Escolar y con las propuestas formuladas por el Claustro de Profesores y, así mismo, velar por su correcta aplicación. ll) Convocar y presidir el Consejo Escolar, el Claustro y la Comisión de coordinación pedagógica del centro. m) Promover e impulsar las relaciones del centro con las instituciones de su entorno.
n) Elevar al Director Provincial la Memoria anual sobre las actividades y situación general del centro. ñ) Facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de la zona. o) Proporcionar la información que sea requerida por las autoridades educativas competentes. p) Facilitar la información sobre la vida del centro a los distintos sectores de la comunidad escolar. q) Garantizar el derecho de reunión de maestros, alumnos, padres de alumnos y personal de administración y de servicios, de acuerdo con los dispuesto en la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación.
En caso de ausencia o enfermedad del Director, se hará cargo de sus funciones el maestro más antiguo en el centro y, si hubiese varios de igual antigüedad, el de mayor antigüedad en el Cuerpo.
Establecidos y formados según las directrices del Real Decreto 82/1.996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria ( B. O. E. de 20 de febrero), funcionan en este Centro los siguientes órganos:
El horario general del Centro abarca desde las 9,00 a las 14,00 horas, y la hora de obligada permanencia del Profesorado en el Centro que es de 14,00 a 15,00horas.
HORARIO GENERAL DEL CENTRO
ENTRADA
RECREO
SALIDA
9.00
12,00-12,30
14,00
SEXTA HORA DEL PROFESORADO 14,00-15,00 y dos tardes al mes de 16,00 a 18,00 horas de lunes a jueves
La jornada lectiva en este Centro se desarrollará en sesión de mañaña de 9,00 a 14,00 horas. La jornada no lectiva comienza a las 16:00 y termina a las 18:00 horas. Los profesores-as permanecerán en el centro de 14,00 a 15,00 horas.
En la sesión de mañana, habrá un recreo entre las 12,00 horas y las 12,30 horas, para el alumnado de Educación Primaria y para Educación Infantil.. La sexta hora de obligada permanencia en el Centro, se llevará a cabo desde las 14,00 horas hasta las 15,00 horas de lunes a jueves y dos tardes de 16 a 18 horas. Este horario de obligada permanencia en el Centro se puede flexibilizar siempre y cuando los profesores/as implicados realicen actividades extraescolares o culturales.
La hora dedicada a la acción tutorial en relación con los padres se establecerá con los docentes mediante la Agenda Escolar. Para la distribución del horario de esta sexta hora se tendrá en cuenta lo previsto en la Norma reguladoras del funcionamiento de las escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria(Real Decreto 82/1.996,). Dentro de este horario general los distintos Equipos de Ciclo distribuyen las distintas Áreas atendiendo a la normativa vigente (Orden de 27 de abril sobre implantación de la Educación Primaria), teniendo siempre en cuenta distribuir en primer lugar el horario de las Áreas impartidas por especialistas: E. Física, Inglés y Música.
GUARDIAS DE RECREO
La guardia de Colegio será efectuada por dos profesores cada día, ( Orden de 29 de febrero de 1.996 Art. 79)
Se colocará en lugar bien visible, tanto para el alumnado como para el profesorado y resto de la Comunidad Educativa:
Anunciar de forma clara y audible, las distintas entradas y salidas de las aulas a las horas correspondientes, ya sean éstas para recreo o para propicio o fin de las sesiones.
La vigilancia efectiva y responsable del recreo atendiendo cualquier problema que pueda surgir entre el alumnado.
El alumnado que participa en las distintas ligas escolares se regirá por el arbitraje de las competiciones, así como, por el protocolo de actuación en competiciones deportivas elaboradas por ell@s mismos al inicio del curso escolar.